La Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina, mediante Disposición N° 1709/2020, estableció que los ciudadanos extranjeros que ingresen al país con el único propósito de continuar su viaje a otro país quedan excluidos de la prohibición de ingreso a la República Argentina que estableció el Gobierno Nacional, mediante Decreto 274/2020, el 16 de marzo pasado.
A tal fin, los ciudadanos extranjeros antes mencionados deberán proseguir el viaje únicamente por el corredor sanitario que en cada caso se establezca, según las circunstancias del caso, y cumplir con los siguientes recaudos:
- Encontrarse asintomáticos;
- Exhibir el pasaje confirmado de salida de la República Argentina; y
- Cumplir con las recomendaciones e instrucciones que disponga la autoridad sanitaria nacional.